Durante la última sesión, la concejal Claudia Duarte (Partido Nacional) expresó que las sesiones del concejo municipal “no son para recibir a las personas para hacer un intercambio”, y que en ellas “no se intercambia con las notas presentadas ni con los expedientes presentados, sino que se trata el tema, se aprueba o no se aprueba, y si se requiere una reunión, se recibe en reunión de trabajo”.
Sus declaraciones se enmarcaron en la solicitud de tomar la palabra de un vecino que había presentado un escrito sobre la locación de un espectáculo, en dicha sesión.
Para el análisis hay que recurrir al proyecto de reglamento interno del Concejo Municipal de Carmelo, aprobado para regir durante el período 2025–2030. Este documento establece las reglas de funcionamiento interno del órgano, en concordancia con el artículo 30 de la Ley N.º 19.272, que faculta a los concejos municipales a redactar su propio reglamento.
El reglamento define las sesiones como instancias formales (ordinarias o extraordinarias), convocadas con plazos establecidos y con un funcionamiento centrado en el tratamiento, deliberación y eventual resolución de los asuntos del orden del día. No se mencionan mecanismos que habiliten la intervención directa del público durante las sesiones.
La Ley de Descentralización y Participación Ciudadana, en tanto, establece principios generales de participación vecinal en los gobiernos municipales, entre ellos la consulta ciudadana, las audiencias públicas y otras formas de involucramiento comunitario. No obstante, la normativa deja en manos de cada municipio la definición del reglamento de funcionamiento de su concejo.
El proyecto aprobado por el Concejo de Carmelo detalla aspectos como convocatorias, quórum, suplencias e ingreso de actas, pero no incluye artículos específicos sobre la participación ciudadana en el desarrollo de las sesiones.
En ese marco, las expresiones de la concejal reflejan una lectura del reglamento que concibe a las sesiones como espacios de resolución interna de los asuntos municipales, con la posibilidad de establecer reuniones de trabajo separadas para atender inquietudes de la comunidad o actores externos.



























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