Uruguay mantendrá hasta el 30 de abril de 2026 el régimen de franquicias para envíos postales internacionales exonerado de tributos, tal como lo establece el Decreto Nº 356/2014 y sus modificativos. Bajo ese esquema, cada persona física mayor de edad puede realizar hasta tres envíos por año civil, sin fines comerciales, con un valor de hasta US$ 200 por envío expreso o US$ 50 en envíos no expresos, siempre que el paquete no supere los 20 kilos y no incluya productos gravados por IMESI.
En los casos en que la encomienda incluya una compra, el pago de la mercadería deberá hacerse con tarjeta de crédito o instrumento de dinero electrónico internacional, emitido por instituciones reguladas por el Banco Central del Uruguay. Además, la titularidad del medio de pago deberá coincidir con la de la compra y con la del destinatario del envío.
El cambio llegará a partir del 1.º de mayo de 2026, cuando entre en vigor el nuevo régimen de franquicias previsto en el Decreto Nº 50/2026. La nueva normativa mantendrá el máximo de tres envíos anuales por persona física mayor de edad, pero sustituirá el límite por envío por un tope anual acumulado de US$ 800. También exigirá que el beneficiario autorice a las administradoras de tarjetas, débito o instrumentos de dinero electrónico a suministrar información a la Dirección Nacional de Aduanas, además de cumplir con mecanismos de control de identidad digital.
La principal novedad es que los envíos amparados por la franquicia dejarán de estar completamente exonerados y pasarán a tributar IVA, salvo en dos casos: cuando procedan de países con los que Uruguay tenga acuerdos comerciales vigentes —que hoy se limitan a Estados Unidos— y cuando se trate de obsequios familiares definidos por la normativa.
Durante 2026 habrá, además, un régimen de transición. Las autoridades advirtieron que tanto los envíos realizados bajo el sistema actual como los que se hagan bajo el nuevo esquema computarán para el límite anual de cantidad y monto. En otras palabras, quien ya haya utilizado sus tres franquicias antes del 1.º de mayo no podrá acceder a nuevas franquicias durante el resto del año.
Otro de los cambios relevantes es que, desde mayo, los operadores postales pasarán a ser responsables por obligaciones de terceros en el marco de los envíos postales internacionales. Eso implica que serán ellos quienes deberán abonar ante la Aduana los tributos correspondientes en nombre de los usuarios.



























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