El caso se remonta a 2007, cuando Yroa integraba una comisión asesora del Ministerio del Interior sobre adquisiciones de armamento. En ese marco, se recomendó la compra de tres rifles de precisión para francotiradores, cuya venta está restringida a fuerzas estatales o coleccionistas autorizados. Sin embargo, el Poder Ejecutivo solo aprobó la compra de dos unidades.
Según la acusación de la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos, Yroa habría solicitado al importador la inclusión de un tercer rifle —marca Steyr Mannlincher, calibre 25— pagado con fondos personales. No obstante, la factura fue emitida a nombre del ministerio y, de acuerdo con los registros oficiales, el arma nunca dejó de pertenecer al Estado.
El Ministerio Público entendía que esta maniobra configuraba un abuso de funciones. Sin embargo, ese delito ya había prescrito cuando la denuncia fue presentada en 2020. Por ello, Rodríguez centró su acusación en un presunto caso de tráfico interno de armas cometido en 2016, cuando Yroa intentó vender el rifle a un coleccionista. El comprador no pudo inscribir el arma ante el Servicio de Material y Armamento (SMA), lo que, según el fiscal, probaba que Yroa no tenía autorización legal para transferirla.
Durante el juicio, la defensa —encabezada por los abogados Juan Fagúndez y Pablo Vera— argumentó que el delito atribuido no era tal en el momento de los hechos. Alegaron que el decreto que reglamentaba la ley invocada fue promulgado en diciembre de 2016, cuatro meses después de la transferencia del arma.
La controversia jurídica escaló hasta la Suprema Corte de Justicia, que ordenó celebrar el juicio oral, a pesar de que un Tribunal de Apelaciones había considerado que los hechos no eran punibles al momento de ocurrir.
En su fallo, la jueza Reyes sostuvo que no era posible investigar ni juzgar la compra del arma en esta etapa del proceso y que, en cuanto a su posterior intento de transferencia, la norma reglamentaria aún no estaba vigente. Además, el arma fue entregada antes de la última prórroga ministerial para su regularización. “Las dudas sobre el alcance de la norma deben resolverse en favor del imputado”, concluyó la magistrada.


























Comentarios