Por Pltgo. Abel Oroño
Como ya afirmamos en otra columna los sistemas políticos departamentales en Uruguay son más presidencialistas que a nivel nacional.
Es posible la presentación de hasta tres candidatos por partido y el que gana obtiene un mínimo de 16 Ediles (mayoría absoluta) en la respectiva Junta Departamental, por tanto es mayoritario y subsidiariamente proporcional: si el partido ganador tiene más del 50% de los votos es adjudicatario de más de 16 Ediles.
Sin embargo, este no parece ser el principal problema de los sistemas políticos departamentales en la actualidad, sino otros aspectos que vale la pena señalar, si lo que queremos es avanzar en una mejor democracia a nivel intermedio.
El resultado de las elecciones departamentales de 2020 marca que en 15 Departamentos el respectivo oficialismo obtuvo más de 16 Ediles, así que la adjudicación de bancas en la Junta fue consecuencia de una representación proporcional estricta: Artigas 22 del Partido Nacional, Canelones 20 del Frente Amplio, Cerro Largo 27 del Partido Nacional, Colonia 17 del Partido Nacional, Durazno 18 del Partido Nacional, Flores 17 del Partido Nacional, Florida 17 del Partido Nacional, Lavalleja 20 del Partido Nacional, Maldonado 21 del Partido Nacional, Montevideo 18 del Frente Amplio, Rivera 19 del Partido Colorado, San José 18 del Partido Nacional, Soriano 20 del Partido Nacional, Tacuarembó 20 del Partido Nacional, Treinta y Tres 25 del Partido Nacional. En Paysandú el Partido Nacional obtuvo 16 Ediles pero los hubiera tenido igual con representación proporcional integral y cocientes decrecientes.
Quedan solamente tres Departamentos en que el sistema mayoritario tuvo efectos: Río Negro y Rocha en que si no existiera dicho mecanismo el Partido Nacional hubiese obtenido 15 de las 31 bancas y Salto donde el Frente Amplio solo hubiera sido adjudicatario de 14.
No obstante, hay aspectos que, en mi percepción, valdría la pena avanzar para mejorar la democracia subnacional en Uruguay.
Una primera cuestión es que si bien el Intendente puede ser llamado a Sala por un tercio de los integrantes de la Junta Departamental –incluso, para mejorar el control parlamentario, podría ser menor- pero no está obligado a concurrir personalmente y puede hacerse representar por el jerarca correspondiente al tema a tratar.
La presencia preceptiva del Intendente, aunque tuviese los votos para respaldarlo sería un elemento muy importante para la transparencia de la gestión y la difusión pública de los argumentos a favor y en contra de determinado tema o medida.
Una segunda cuestión sería la posibilidad de censurar a los Directores Generales de la Intendencia, similar a la de los Ministros del gobierno nacional, si eventualmente tuviera consecuencias, la transparencia y el control sobre la gestión del ejecutivo departamental mejoraría sustancialmente y, por tanto, la calidad de la democracia concreta en el nivel subnacional.
Una tercera cuestión y, tal vez, la más relevante en mi percepción, es el carácter honorario de la labor de los Ediles Departamentales, que conspira contra su eficaz desempeño y genera una alta rotación en cada legislatura, así como su funcionamiento a tiempo parcial, ya que deben tener otros ingresos para sobrevivir.
El carácter honorario de los Ediles Departamentales –con rango constitucional- limita su trabajo a tiempo completo y genera la búsqueda de medidas alternativas para vías de ingresos que contemplen el desempeño de su función, algunos al borde de la legalidad.
En opinión de varios analistas, su inclusión en el intento de reforma de 1994 –y la insuficiente discusión pública del tema- fue una de las causas de que no fuese aprobada por el cuerpo electoral.
Es, en realidad, una discusión del siglo XIX, con vigencia del voto censitario en que se consideraba que solamente podían votar y desempeñar cargos de gobierno aquellos que tuvieran algo que perder patrimonialmente, por lo tanto solamente votaban los hombres –las mujeres ni hablar, claro- que tuviesen rentas o suficientes bienes, quedando excluidos también los asalariados.
Vivir para la política y/o de la política era la cuestión a debatir. Con la aparición de los partidos modernos, de masas, el tema estuvo sobre la mesa y se laudó con la remuneración a las personas que desempeñaban cargos de gobierno, así como su contracara: la exigencia de responsabilidades en el ejercicio del mismo que, si fuesen honorarios resulta imposible.
Pero ese es el caso de los Ediles Departamentales, en definitiva no es fácil exigir responsabilidades funcionales si no cobran por su tarea y solo les pueden dedicar sus horas libres.
En el caso de Uruguay existe la posibilidad de que los funcionarios públicos gocen de licencia paga para el desempeño de esas funciones en cuanto a concurrencia a las sesiones, pero no para la tarea necesaria de recorrer el territorio, o estudiar los temas a tratar, por ejemplo.
Por otro lado, el número de Ediles de las Juntas Departamentales –actualmente 31 bancas para cada una-, igual para todos los Departamentos, así como el mecanismo de suplencia automática, que complican mucho la posibilidad de afrontar institucionalmente una solución.
Por ello es imprescindible, en mi percepción, eliminar la suplencia automática y llevarla a un mecanismo similar a la de Diputados –solicitud de licencia y convocatoria a la persona que funge como suplente correspondiente- y, fundamentalmente, ajustar el número de Ediles de las Juntas.
Los casos más extremos son Montevideo, con 1.302.954 y Flores, con 26.271 habitantes, ambas Juntas tienen 31 Ediles, con el agravantes que en éste Departamento casi toda la población vive en su capital -Trinidad-, no es lógico.
Parece razonable afrontar la discusión de ajustar el número de integrantes de las Juntas Departamentales en función de la población del respectivo Departamento, tal vez con un mínimo razonable para que haya una representación pluripartidaria adecuada, como paso previo que permita acordar algún sistema de remuneración de los legisladores departamentales.
La cercanía de las elecciones departamentales podría contribuir a que estos temas se incluyan en la agenda pública, de algún modo, para profundizar la democracia a nivel subnacional, haciéndola más transparente y, también, contribuyendo a que su funcionamiento sea menos permeable a las lógicas de feudos y cacicazgos como algunos de los últimos episodios han demostrado existen e, incluso, se justifican por actores relevantes del espectro político.
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