El cierre de un Establecimiento de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEPEM) en la ciudad de Colonia del Sacramento volvió a poner en el centro de la agenda el sistema de regulación y fiscalización de estos centros en Uruguay, así como el rol que desempeña el Estado en la protección de los derechos de las personas mayores.
El comunicado difundido por el Ministerio de Desarrollo Social de Uruguay y el Instituto Nacional de las Personas Mayores detalla el marco normativo vigente y el procedimiento que derivó en la clausura del establecimiento ubicado en la Rambla de las Américas, que acumulaba denuncias vinculadas a condiciones de funcionamiento, infraestructura y eventuales vulneraciones de derechos.
Un sistema regulado por ley
La regulación de los ELEPEM está establecida por la Ley 17.066, la Ley 19.355 (artículo 518) y el Decreto 356/016, en consonancia con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (Ley 19.430). Este entramado normativo define un sistema sociosanitario integral que distribuye competencias entre el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) y el Ministerio de Salud Pública (MSP).
Según el decreto reglamentario, el Mides —a través de Inmayores y su División de Regulación— fiscaliza el respeto de los derechos de las personas residentes, el cumplimiento del proyecto institucional y la adecuación del personal. También emite el Certificado Social, requisito dentro del proceso de habilitación. El MSP, por su parte, es el organismo responsable de la habilitación definitiva y de la eventual aplicación de sanciones.
El caso de Colonia
En relación con el ELEPEM clausurado en Colonia, el comunicado señala que se trabajó de forma articulada entre la División de Regulación de Inmayores, la Dirección Departamental de Colonia del Mides y el MSP.
El establecimiento acumulaba denuncias relacionadas con sus condiciones edilicias, su funcionamiento y posibles vulneraciones de derechos de las personas residentes. De acuerdo con la información oficial, se realizaron las instancias técnicas y administrativas previstas por la normativa vigente, otorgando oportunidades de adecuación.
Agotados esos procesos y ante la persistencia de incumplimientos, se resolvió el cierre del establecimiento con fecha 26 de febrero de este año.
En el registro figuraban 27 personas residentes. Al momento de efectivizar la clausura, seis se encontraban en el lugar. El equipo interinstitucional trabajó hasta últimas horas para localizar a quienes no estaban presentes, con el objetivo de garantizar su ubicación y eventual reubicación en condiciones seguras. Actualmente, según el Ministerio, se cuenta con información sobre la totalidad de las personas que residían allí y se mantiene un seguimiento junto a ellas y sus familias.
El rol del Programa de Apoyo al Cuidado Permanente
La intervención en Colonia activó el Programa de Apoyo al Cuidado Permanente (PACP), un dispositivo que opera en los procesos de clausura y realojo de residentes. El programa coordina las acciones necesarias para asegurar la continuidad del cuidado y la protección de derechos durante la transición.
El PACP tiene como función central brindar una respuesta inmediata ante situaciones de vulneración. El propio comunicado reconoce que su sostenibilidad requiere decisiones estructurales que equilibren la respuesta de emergencia con la responsabilidad estatal y la viabilidad financiera del sistema.
Un desafío estructural
En Uruguay, aproximadamente el 4% de las personas mayores reside en establecimientos de larga estadía. Si bien se trata de una proporción minoritaria, la regulación y supervisión de estos centros constituye un componente sensible del sistema de cuidados.
El cierre del ELEPEM en Colonia expone la tensión entre la necesidad de garantizar estándares de calidad y la complejidad de intervenir en dispositivos donde viven personas en situación de especial vulnerabilidad. También subraya la importancia de que los establecimientos cuenten con las habilitaciones correspondientes tanto de Inmayores como del Ministerio de Salud Pública.
Respecto a la judicialización de la titular del establecimiento, el Ministerio indicó que no puede brindar detalles, al no tratarse de una competencia de la cartera.
El episodio abre interrogantes sobre el estado general de los residenciales en el país, la capacidad inspectiva del sistema y la necesidad de fortalecer mecanismos de prevención, más allá de las intervenciones una vez constatadas las irregularidades.

























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