En respuesta al pedido de informes presentado por el diputado Gustavo Salle Lorier sobre la situación del Hotel Casino Carmelo, el Ministerio de Economía y Finanzas remitió un informe elaborado por la Dirección General de Casinos del Estado. La solicitud, cursada a través del Oficio N.º 1791 del 8 de julio de 2025, no incluyó al Ministerio de Turismo, actual titular del inmueble según consta en el informe oficial.
La omisión determinó que el organismo propietario no participara en la respuesta, a pesar de que el edificio —identificado con el padrón N.º 2683— pertenece al Ministerio de Turismo y alberga tanto el hotel como la Sala de Esparcimiento Carmelo.
La Dirección de Arquitectura de Casinos, en documento fechado el 21 de julio de 2025, indicó que el servicio de hotelería del hotel no se encuentra operativo y que las instalaciones están inhabitadas y en estado de abandono desde hace aproximadamente cinco años. El área técnica señaló además que desconoce la fecha exacta de cierre y los motivos de la decisión, ya que la gestión del hotel nunca estuvo bajo su órbita.
En relación con el casino, el informe aclara que funciona únicamente una sala de esparcimiento, operada por la Dirección General de Casinos en calidad de comodato. Esta ocupa una superficie aproximada de 890 metros cuadrados, dentro del área del inmueble administrado por Turismo.
Sobre los trabajos de mantenimiento, el organismo informó que no tiene registros de intervenciones realizadas por otras dependencias del Estado, pero detalló las obras ejecutadas por su cuenta en los años 2022 y 2023, con una inversión total de $1.226.649 y $228.639 respectivamente, IVA incluido. Las tareas, realizadas bajo modalidad de administración directa, incluyeron albañilería, pintura, recambio de aberturas, mantenimiento eléctrico, instalación de un módulo (25 m²), colocación de alfombra nueva (132 m²) y limpieza de alfombra existente (200 m²).
El informe no incluye la planilla de personal ni datos económicos que indiquen si la operación del casino es deficitaria o superavitaria, dos aspectos también solicitados por el legislador.



























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