Desde enero de 2025, la Policía Caminera aplicó sanciones por exceso de velocidad en rutas con un valor fijo de 15 Unidades Reajustables (UR). Sin embargo, una revisión normativa impulsada tras varios reclamos ciudadanos reveló que el monto máximo permitido por ley para estas infracciones es de 10 UR.
Ante este hallazgo, el Ministerio del Interior resolvió corregir el criterio sancionador y devolver a los conductores la diferencia cobrada de más, equivalente a 5 UR por cada multa emitida desde comienzos de este año.
El ministro del Interior, Carlos Negro, ordenó que se aplique estrictamente el tope legal vigente y dispuso un procedimiento administrativo para gestionar los reembolsos.
Cómo solicitar la devolución
Los ciudadanos que hayan abonado multas por exceso de velocidad desde el 1 de enero de 2025 deberán concurrir a las oficinas de la Policía Caminera con los comprobantes de pago y la documentación que acredite la titularidad del vehículo.
Para consultas, el Ministerio habilitó la casilla de correo electrónico [email protected] y los teléfonos 2030 3431 y 2030 3432.



























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