El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social recuerda que el 11 de setiembre es feriado no laborable pago para los trabajadores pertenecientes al grupo 15, subrgrupos salud general, servicios de acompañantes y ambulancias que realizan traslado de pacientes sin asistencia.
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Este feriado no laborable pago fue establecido para el grupo 15, salud general, en el Decreto n.° 258/987. Para el grupo 15, subgrupo correspondiente a servicio de acompañantes, este quedó acordado en la Quinta Ronda 2012.
Finalmente, para ambulancias que realizan traslado de pacientes sin asistencia, el feriado se establece en el Decreto n.° 586/005.
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