Desde el 1º de junio hasta el 30 de noviembre de 2025, los propietarios de vehículos con deudas por patente podrán acceder a un nuevo Plan de Regularización de Adeudos, impulsado por el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE). El plan contempla importantes beneficios y condiciones especiales para facilitar la cancelación de saldos impagos acumulados hasta el 31 de diciembre de 2024.
La iniciativa, que estará disponible en todas las intendencias del país, incluye la posibilidad de financiar el pago en hasta 36 cuotas mensuales consecutivas, con un monto mínimo de 130 Unidades Indexadas (UI) por cuota. La propuesta actualiza los montos originales de deuda por IPC (Índice de Precios al Consumo) y aplica descuentos parciales en las sanciones por mora, de acuerdo al año del vehículo.
Actualización de deudas y descuentos en multas
El nuevo plan prevé que el adeudo principal se reliquide, excluyendo las sanciones por mora, y se actualice con base en la variación del IPC hasta diciembre de 2024. En cuanto a las multas, el tratamiento será diferencial:
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Para vehículos modelo 2012 a 2016, se aplicará el 50% de las sanciones acumuladas.
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Para modelos posteriores a 2016, se aplicará el 75% de las sanciones generadas.
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Los vehículos anteriores a 2012 contarán con un tope: la deuda no podrá superar el 30% del aforo (valor fiscal) del vehículo.
Además, si el vehículo posee créditos a favor en su cuenta corriente, estos se descontarán del total, y si superan la deuda, se considerará cancelada.
Condiciones para adherirse
Para acceder al plan, el contribuyente deberá suscribir un acuerdo formal que reconoce el adeudo y las condiciones de pago. La firma implicará la caducidad automática de planes anteriores vencidos, tanto de patentes como de tributos conexos.
Otro requisito clave es no tener convenios tributarios impagos. Quienes cumplan con las condiciones podrán hacer el trámite directamente en cualquier intendencia a través del sistema informático del SUCIVE.
Riesgo de caducidad y reactivación de la deuda
El beneficio perderá vigencia si se incumplen determinadas condiciones:
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No cancelar los tributos vencidos recientes (posteriores a diciembre de 2024) dentro de los tres días hábiles desde la suscripción.
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Acumular cuatro cuotas impagas del plan, o dos cuotas impagas del tributo corriente de patente.
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Tener más de cuatro meses de atraso en cualquiera de las últimas cuatro cuotas del plan.
En estos casos, las deudas volverán a su estado original, aunque los pagos ya realizados quedarán como saldo a favor en la cuenta corriente del contribuyente.
Reempadronamientos sin costo
Un punto a destacar es la exoneración de costos por reempadronamiento (matrículas y Documento de Identificación Vehicular – DIV) durante la vigencia del plan. Esta medida se enmarca en la Ley 18.456, que busca asegurar que los titulares de vehículos declaren correctamente su domicilio tributario. Para realizar el trámite, será requisito estar al día con las cuotas del plan.
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