El Legislativo departamental resolvió mantener partidas cuestionadas por el órgano de contralor y remitió el expediente a la Asamblea General, tal como prevé la Constitución.
La Junta Departamental de Colonia resolvió no aceptar dos observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la República al Proyecto de Presupuesto Quinquenal de la propia Junta para el período 2026–2030, y elevó el expediente a la Asamblea General, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 225 de la Constitución.
La decisión fue adoptada a partir del informe de la Comisión de Asuntos Internos y Cuentas, que analizó el dictamen del organismo de contralor y recomendó al plenario no acompañar las observaciones identificadas como numerales 3.3 y 3.5. La resolución fue incluida en el orden del día de la sesión convocada para el viernes 30 de enero de 2026.
Qué observó el Tribunal de Cuentas
Las observaciones rechazadas refieren a dos rubros concretos del presupuesto del Legislativo departamental, vinculados a gastos de funcionamiento de los ediles.
Observación 3.3: gastos de protocolo y asistencias
En el numeral 3.3, el Tribunal de Cuentas señala que el artículo 18 del proyecto presupuestal mantiene, dentro del objeto 2.96 “Gastos de Protocolo”, una partida en unidades indexadas destinada a solventar gastos derivados del ejercicio del cargo de los señores ediles.
Según el dictamen, esa partida se sustenta en los Decretos N.º 023/2021 y N.º 029/2021, que regulan el pago de asistencias a sesiones y a comisiones permanentes. El Tribunal recuerda que el régimen original establecía un límite de cuatro sesiones mensuales, y que posteriormente se amplió a cuatro asistencias por cada comisión permanente a la que integre el edil.
El organismo de contralor advierte que esa partida contraviene el artículo 295 de la Constitución, y que además no se ajusta a lo dispuesto en una resolución del propio Tribunal del 22 de octubre de 2010, en particular por la ausencia de rendiciones de cuentas específicas sobre esos gastos.
Observación 3.5: pasajes, viáticos y transporte
El numeral 3.5 refiere a la previsión de gastos de pasajes, viáticos y otros costos de transporte, incluidos en los objetos 231, 234 y 237 del presupuesto.
El Tribunal de Cuentas señala que estos gastos no han sido debidamente reglamentados, tal como lo exige una resolución adoptada por el propio organismo en sesión del 22 de diciembre de 2010. Agrega que se trata de una situación ya observada en presupuestos anteriores, sin que se haya subsanado mediante una normativa específica que regule esos desembolsos.
La decisión política y el camino constitucional
Pese a estas observaciones, la Junta Departamental resolvió no modificar el proyecto de presupuesto en esos puntos. La decisión no implica desatender el dictamen del Tribunal, sino activar el procedimiento constitucional previsto cuando existe discrepancia entre el órgano de contralor y el Legislativo departamental.
Por ese motivo, el texto aprobado establece que el Proyecto de Presupuesto Quinquenal sea remitido a la Asamblea General, que deberá pronunciarse sobre el diferendo, tal como lo dispone el último párrafo del artículo 225 de la Constitución de la República.
Un trámite institucional, no un cierre del tema
El envío del expediente al Parlamento nacional no archiva las observaciones ni las deja sin efecto, sino que traslada la definición a un ámbito superior. Será la Asamblea General la que determine si corresponde mantener el texto aprobado por la Junta o introducir modificaciones en los rubros cuestionados por el Tribunal de Cuentas.
El Presupuesto Quinquenal en análisis corresponde exclusivamente al funcionamiento de la Junta Departamental de Colonia para el período 2026–2030 y no involucra a la Intendencia ni a otros organismos departamentales.



























Comentarios