¿Pueden los jueces y fiscales tener Facebook personal?

¿Cómo manejan los jueces y fiscales las redes sociales?

La pregunta fue formulada por el Semanario Búsqueda en enero de este año al Dr. Ricardo Pérez Manrique, Presidente de la Suprema Corte de Justicia, su respuesta fue inquietante al referirse a los jueces: «las redes sociales absuelven o condenan a una persona en cuestión de minutos”.

La nota viene a cuestión porque la gran mayoría de los jueces y fiscales del Uruguay tienen facebook, allí comparten opiniones, fotografías, estados de ánimo,viajes, aspectos de su vida privada, opiniones de temas sociales y en algunos casos preferencias deportivas e incluso un detalle no menor, la lista de contactos, «sus amigos de facebook», donde aparecen muchas veces abogados que trabajan en casos donde esa persona como Juez debe administrar justicia.

Jueces y fiscales en Facebook

Basta poner el nombre de cualquier juez o fiscal conocido en el buscador de facebook para saber si tiene una cuenta activa. En la actualidad los jueces no tienen prohibición de hacerlo, pero si hay restricciones éticas que como bien explicó Pérez Manrique fueron tratadas en la Cumbre Judicial Iberoamericana.

En diciembre de 2015 circuló un documento del Consejo de Notables de la CJI donde señalan que los jueces no pueden embanderarse en temas políticos partidarios, ni en general exteriorizar posiciones que lo muestren susceptible de verse influido por grupo o personas  por fuera de la objetiva fuerza de convicción que encuentre en las argumentaciones vertidas en un debate judicial.

En las conclusiones se dice que los jueces tienen derecho a usar las redes sociales con la salvedad que esos derechos pueden ser restringidos en resguardo de la función jurisdiccional.

 

Informe recomienda que jueces no tenga de amigos a abogados que litiguen en su juzgado

El juez que se incorpora a una red social debe evitar manifestaciones que importen incumplimientos en el Código de Etica, debiendo evaluar que todo aquello que escribe o publica puede quedar fuera de su capacidad de disposición y ser manipulado fuera del plan de comunicación originalmente previsto.

 

El juez debe evaluar el significado que tiene admitir o no a una persona en su universo de contactos restringiendo al máximo cualquier comunicación con aquellas personas que como partes o abogados u otros profesionales de la justicia litiguen en un asunto del que en ese momento esté conociendo el juez.

 

Los jueces o fiscales que quieran abrir cuentas en redes sociales como twitter o facebook se les sugiere contar con medidas de seguridad especiales ante posible filtraciones o robos de datos de su cuenta. Cualquier imagen publicada, o manifestación puede ser documentada y hecha de conocimiento público a través de las redes sociales.

«Cuando yo emito una opinión personal en las redes, ¿cuáles son los alcances? Puede significar que mañana se presenta  en la Corte un problema sobre el que emití opinión, por lo que estoy prejuzgado y quedo inhibido como juez para actuar. Ese es uno de los riesgos que tenemos que tener en cuenta los jueces cuando participamos en estas cosas,» explicó a Búsqueda el Presidente de la Suprema Corte de Justicia Dr. Ricardo Pérez Manrique

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