Caso Moreira: Fiscal subrogante podrá investigar solo elementos que no fueron tenidos en cuenta

De acuerdo al Decreto Nº 460/2020 con fecha 2 de junio firmado por el Juez Letrado Dr. Luis Fourment se conoció los ejemplos en que el nuevo fiscal podría investigar en función del art. 98.3

En el caso del delito de abuso innominado de funciones en caso no previstos especialmente por la ley la fiscalía analizó en su momento la normativa que regula las pasantías y en la prueba por oficios que el propio Gobierno Departamental proporciono.

En la audiencia se consultó a la fiscal Dra. Eliana Travers si se había interrogado a los pasantes, al escribano interviniente en los sorteos y a los directores encargados de elaborar informes, la respuesta fue negativa, por lo que la investigación podría avanzar en realizar los interrogatorios pertinentes.

En relación al delito de abuso sexual la Fiscalía mencionó que los testigos no aportaron datos útiles, ninguno vio o escuchó algo que encuadrara en delito, tampoco en el análisis de audios. Lo que faltó, según surge del documento sería realizar pericias psicológicas y psiquiátricas a los involucrados, «las mencionadas pruebas podrían arrojar elementos acerca de la personalidad de los sujetos,» concluye.

Las evidencias no recolectadas por la Fiscalía no serían pruebas nuevas sino elementos que no fueron diligenciados por la Fiscalía, por lo que se resolvió el reexamen de la investigación por fiscal subrogante.

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