Suprema Corte de Justicia cerró trece juzgados de paz en el interior del país

Suprema Corte de Justicia

El Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge Chediak, explicó los fundamentos de la decisión que llevaron a suprimir trece juzgados de paz en el interior del país (Acordada nº 7873) siguiendo una política de reorganización de comunidades geográficas que ya había comenzado varios años atrás.

Entrevistado por el periodista Gerardo Sotelo para El País TV, dijo que con esta decisión nadie perdió su trabajo y, además, permitirá lograr un ahorro anual de cuatro millones de pesos en un momento en que esos recursos resultan vitales para mantener funcionando los servicios.
“Esta decisión está enmarcada en un eje que la Corte sigue y que nosotros en lo personal hemos apoyado desde la actividad gremial, integrados a la Lista 1 de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), cuando nos postulamos a la presidencia, y bregamos por la profesionalización de la carrera” indicó Chediak.

Agregó que profesionalizar la carrera “quiere decir que todos los jueces del país de todas la jerarquías tengan el título de abogado, lo cual lleva a que en determinadas circunscripciones territoriales no se justifique la existencia de un letrado por la falta de trabajo, es decir, que no se justifica la presencia de un juez con título de abogado”.

Aclaró que, no obstante la supresión “no desaparece la justicia de allí, sino que la sede física queda localizada en otra localidad cercana”.
“Nuestra División de Servicios Inspectivos nos ha señalado que estos juzgados carecen de actividad jurisdiccional, es decir que no llega a dictarse una sentencia o una resolución al año” explicó.

Los titulares de los juzgados ahora suprimidos “tenían en el pasado actividad como funcionarios del Registro de Estado Civil, es decir que hacían inscripciones de nacimientos y defunciones, así como celebración de matrimonios” pero “por la realidad actual, la gran mayoría de los nacimientos y las muertes en el interior de la República acaecen en las capitales departamentales o en las ciudades importantes, donde están los hospitales, por la facilidad de traslado disponible; y la gran mayoría de los casamientos también se celebran allí”.

“Entonces hablamos de sedes que no tenían actividad jurisdiccional, no tenían actividad como oficiales del Registro de Estado Civil y que incluso, el 17 de julio del año que viene, cuando entre en vigencia el nuevo Código de Proceso Penal, dejan de tener una actividad importante, como lo son las primeras y más urgentes diligencias penales” dijo el entrevistado.

Y para aclarar en qué consisten esas primeras y más urgentes diligencias ejemplificó señalando que “si acaece en una estancia un hecho delictivo o fallece alguien por un problema de vecinos, el primera que aparece para tomar las medidas necesarias para la preservación del cuerpo y tomar las primeras declaraciones es el juez de paz, porque es el que está cerca y llega de forma inmediata”.

“Esa función pasará a la Fiscalía” subrayó Chediak, que luego respondió una pregunta del periodista añadiendo “creo que lo van a cubrir con traslados y no habrá una distribución territorial de las Fiscalías, porque no tienen la extensión del Poder Judicial y por eso aprovecharán las mejoras de comunicación y posibilidades de traslado”.

“Estamos hablando de sedes de baja categoría (los juzgados se ordenan por categorías jerárquicas según la ley nº 15.750) que, por la evolución de la distribución poblacional del Uruguay en los últimos cincuenta años, no tenían virtualmente actividad y nos costaban mucho dinero” puntualizó.

“Además, nadie pierde su trabajo. Estos jueces, en su mayoría legos (no abogados) han sido reintegrados a los juzgados en los que, generalmente, ya prestaban funciones cuando eran funcionarios en la capital departamental”.

“No se han perjudicado los derechos de nadie. Más aún, se les ha preguntado a estos jueces dónde querían ir, dónde estaban residiendo, porque no estaban viviendo en el lugar en que está el juzgado, sino dentro del radio de cincuenta kilómetros, como lo admite la Corte” reseñó Chediak para explicar la situación de los recursos humanos afectados por la decisión.

Situación en el departamento de Colonia

De acuerdo a la Acordada 7873, con fecha 15 de junio de 2016,  surge que en el Departamento de Colonia no hubo cierre de juzgados, sí se le adjudicó al Juzgado de Paz de la 8va Sección Judicial de Colonia (Nueva Palmira) las funciones correspondientes al Juzgado de Paz de la 4 Sección Judicial de Soriano (Pueblo Agraciada).

Vía DICOMI – Suprema Corte de Justicia

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